MODIFICACIÓN DEL CATÁLOGO DE DELITOS APLICABLES A LAS PERSONAS JURÍDICAS


Última modificación:

El pasado 20 de febrero se publicó la reforma del Código Penal para adaptarlo a las directivas y directrices europeas en materia de abuso de mercado, lucha contra el fraude, falsificación de moneda, lucha contra el terrorismo, tráfico de órganos y corrupción. Esta adaptación supone modificar el catálogo de delitos aplicable a las personas jurídicas.

En concreto se añade el delito de malversación y se modifican los de tráfico de órganos; mercado y consumidores; corrupción en los negocios; hacienda pública y seguridad social; falsificación de moneda, tarjetas de crédito y efectos timbrados; terrorismo; y tráfico de órganos.

Las modificaciones que más Impacto pueden tener en el mapa de riesgos de la Empresa son:

Delito de malversación:

  • Amplia la aplicación a cualquier persona a la que se haya asignado y que esté ejerciendo una función de servicio público que consista en la gestión de intereses financieros de la Unión Europea o en tomar decisiones sobre esos intereses, y a las personas jurídicas cuando sean responsables.
  • Aplicable a aquellas empresas que gestionen fondos públicos; de titularidad pública o semi-pública; o aquellas que reciban subvenciones públicas.

Delitos relativos al mercado y los consumidores:

  • Los hace extensivos a los instrumentos financieros y los contratos de contado sobre materias primas.
  • Incluye la utilización de información privilegiada.
  • Introduce el uso de tecnologías de la información para la difusión de rumores o noticias falsas que alteren el mercado.

Corrupción en los negocios:

  • incluye el ofrecimiento o promesa. No es necesario consumarlo, la tentativa es asimismo punible.

Contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social:

  • Incluye la elusión de pagos debidos y el disfrute ilegal de beneficios obtenidos legalmente.
  • Incluye a la Unión Europea en cuanto a falsificación de información para obtener subvenciones.

Cohecho:

  • Amplia la aplicación a los jurados y árbitros internacionales.

También se han introducido modificaciones respecto a los delitos de falsificación de moneda, tarjetas de crédito y efectos timbrados y el tráfico de órganos que, salvo empresas con actividades muy específicas, difícilmente alterarán su mapa de riesgos.

El pasado 20 de febrero se publicó la reforma del Código Penal para adaptarlo a las directivas y directrices europeas en materia de abuso de mercado, lucha contra el fraude, falsificación de moneda, lucha contra el terrorismo, tráfico de órganos y corrupción. Esta adaptación supone modificar el catálogo de delitos aplicable a las personas jurídicas.

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