
PROTECCION DE DATOS Y COVID: TODO LO QUE DEBES SABER
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La COVID 19 ha traído cambios muy significativos no solo a nivel sanitario, sino también en muchos sectores como el económico, el social, el empresarial e incluso, el jurídico. Este último, ha tenido que adaptarse a los cambios legislativos surgidos en los últimos meses. Un ejemplo es la proteccion de datos, un tema ya en auge en los últimos tiempos, que se ha visto acelerado por la situación que estamos viviendo.
Dudas más frecuentes sobre protección de datos y COVID 19
A muchas empresas les pueden surgir muchas dudas sobre determinadas circunstancias y su adecuación a la protección de datos. Por eso, en este post queremos hablar de las situaciones más comunes que vivimos en el contexto de la COVID 19 y la protección de datos y qué dice la legislación específica sobre ello.
En Lant Abogados llevamos 21 años ofreciendo soluciones a empresas en esta materia. Nuestro objetivo es eliminar costes y trabajo innecesario a nuestros clientes, analizando su caso concreto y ofreciendo soluciones personalizadas. Disponemos incluso de software propio que permite que nuestros clientes estén permanentemente actualizados en temas de protección de datos.
En este sentido, una de las dudas más frecuentes es la de si es necesario comunicar a una empresa que se tiene o se ha tenido la enfermedad. Los datos sobre salud son una categoría especial dentro del Reglamento General de Protección de Datos, y el coronavirus se encuentra en la lista de enfermedades de declaración obligatoria y urgente ante las autoridades sanitarias.
Otra de las situaciones que hemos visto con más asiduidad es la del rastreo de posibles positivos a través de la solicitud de determinados datos personales. Esto se apoya en el Real Decreto-ley 21/2020 por el que se obliga a proporcionar datos de los que se dispongan o los que sean solicitados sobre personas que estén afectadas de manera potencial.
La Agencia Española de Protección de Datos analizó aquellas situaciones que se consideran legítimas, como hacer un seguimiento de una evolución de contagios en un contexto concreto. Además, para la Agencia deben ser las autoridades sanitarias las que hagan una valoración de en qué lugares debería ser obligatorio la obtención de esta información.
Por último, queremos mencionar el "certificado COVID" que implantaron algunas comunidades autónomas y que, finalmente, fue rechazado por el Tribunal Superior de Justicia. Es importante tener presente que la información relativa a la salud se considera especialmente sensible, por lo que esta información está sometida a mayores exigencias.
Por eso, el solicitar un certificado para la entrada en un establecimiento debe estar sometido a principios de proporcionalidad y necesidad, y siempre que no existan otras medidas de protección menos invasivas. Además, hay que tener en cuenta que la vacunación no es obligatoria en nuestro país y que hay determinados colectivos para los que la vacunación no está recomendada.
¿A quién recurrir en materia de protección de datos?
Las dudas que se plantean acerca de la protección de datos son muchas, por eso es importante que una empresa cuente con el asesoramiento legal necesario en este sentido. Puedes contactar con Lant Abogados a través de nuestra web o en el teléfono gratuito 900 494 815.
Te contamos todo lo que debes saber referente a la protección de datos relacionado con el Covid, certificado, vacunación etc...y si debes dar esa información o no