Los sujetos obligados por la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales (LPBC) deben disponer de un canal de denuncias
Los sujetos obligados por la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales (LPBC) deben disponer de un canal de denuncias. En Lant Abogados hemos creado una plataforma online de canal de denuncias que además incluye:
Todo por sólo 80 euros al año (+IVA)
Más infoContacta con nosotros
Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales (Plataforma LPBC)
Además, si contratas nuestro servicio de adecuación a la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales (Plataforma LPBC) que tiene un coste inicial de 50 euros + 80 euros anuales de mantenimiento (+IVA), consultoría y defensa jurídica, incluimos el canal de denuncias, por lo que, si no estás cumpliendo correctamente con la LPBC, es una buena oportunidad para cumplir con ambas exigencias legales.
Cabe recordar que, la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales (LPBC) distingue dos bloques de sujetos obligados, diferenciándolos por criterios de volumen de trabajadores (más o menos de 10 trabajadores) y por volumen de facturación anual (más o menos de 2.000.000 €) Con esta distinción se pretende “descargar” a las pequeñas empresas de ciertas obligaciones y formalismos respecto a la LPBC sin que dejen de ser considerados sujetos obligados.
En consecuencia, erróneamente, esta distinción ha provocado que la mayoría de las pequeñas empresas, crean que no deben cumplir con el resto de las obligaciones de la LPBC.