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Perdida (La pérdida de datos personales)

02-03-2016
Perdida (La pérdida de datos personales)

Como es habitual en nuestros últimos artículos sobre la Ley de Protección de Datos Personales, hemos utilizado como título el nombre de una película, que aunque no tiene nada que ver con los datos personales, sí que guarda relación con el contenido del mismo, referido a la pérdida de datos personales. He de reconocer que no he visto esta película basada en la novela de Gillian Flynn, pero sí que he leído el libro, que recomiendo como excelente thriller que es.

Este artículo sobre protección de datos personales se me ha ocurrido al leer un artículo publicado en “El Periódico”, que si bien trata sobre la encriptación de los datos personales, lo que me ha llamado poderosamente la atención, son los datos publicados respecto a la pérdida anual de memorias USB, que en muchos casos contienen datos personales.

En el artículo (http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/encriptacion-popular-moviles-ordenadores-facil-4925835), nos da unos datos escalofriantes, ya que según la empresa ESET, solo en Reino Unido se encontraron más de 22.000 memorias USB en ropa entregada en tintorerías. El mismo texto nos indica que en aeropuertos, aviones, trenes y estaciones se olvidan miles de dispositivos informáticos susceptibles de contener datos de carácter personal y que no están bloqueados con contraseña o no están encriptados, quedando la información y datos personales al alcance de quién los encuentre. Solo Iberia subastó el año pasado más de 2.300 objetos de informática y telefonía que habían sido olvidados en sus aviones y que nadie había reclamado.

La conclusión a la que llegamos tras leer el artículo, es que a pesar de que cada vez es mayor la concienciación a la hora de proteger los dispositivos informáticos susceptibles de contener información sensible y datos personales, todavía muchos usuarios de empresas que no están sensibilizados de la importancia de proteger estos dispositivos, no solo por la pérdida de información o datos personales que puede acarrear su extravío, sino porque puede llegar a suponer el incumplimiento de la aplicación de las medidas de seguridad que se deben aplicar para el uso de soportes informáticos, que recoge el reglamento que desarrolla la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.

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