Intrusismo profesional en la protección de datos


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Es tal el número de consultorías o consultores que trabajan en el sector sin tener los conocimientos jurídicos mínimos que se requieren, que han acabado por banalizar nuestra especialidad como abogados especializados en la adecuación a la Ley de Protección de datos personales y su defensa jurídica.

El desconocimiento por parte de estos intrusos es tal, que muchos no saben el significado de “Ley Orgánica” y no tienen ni la más remota idea de Derecho Administrativo, fundamental para la defensa de los requerimientos e inspecciones llevadas a cabo por la Agencia de Protección de Datos.

La mayoría de ellos creen que sabiendo cómo inscribir un fichero en la Agencia de Protección de datos, a lo que dan una importancia vital ante el cliente cuando es solo un mero formalismo, y entregar modelos de cláusulas de información genéricas y un documento de seguridad que en la mayoría de los casos se limitan a copiar el reglamento de medidas de seguridad, ya se pueden denominar consultores de protección de datos y ofrecerse como expertos.

No obstante, la realidad es bien distinta, ya que la documentación que se facilita requiere, en la mayoría de los casos, un detallado análisis previo, y además, ante posibles requerimientos e inspecciones de la Agencia de Protección de datos, se debe conocer en profundidad la Ley  Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su Real Decreto de desarrollo, así como tener los conocimientos necesarios en Derecho Administrativo para poder dar una respuesta efectiva y evitar sanciones en materia de protección de datos.

El intrusismo en el área jurídica de la protección de datos es tal, que la labor de los abogados en esta materia está muy infravalorada. Sin duda, la especialidad jurídica de la protección de datos, es una de las ramas del Derecho que sufre mayor intrusismo profesional.

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