Intrusismo profesional en la protección de datos
Es tal el número de consultorías o consultores que trabajan en el sector sin tener los conocimientos jurídicos mínimos que se requieren, que han acabado por banalizar nuestra especialidad como abogados especializados en la adecuación a la Ley de Protección de datos personales y su defensa jurídica.
El desconocimiento por parte de estos intrusos es tal, que muchos no saben el significado de “Ley Orgánica” y no tienen ni la más remota idea de Derecho Administrativo, fundamental para la defensa de los requerimientos e inspecciones llevadas a cabo por la Agencia de Protección de Datos.
La mayoría de ellos creen que sabiendo cómo inscribir un fichero en la Agencia de Protección de datos, a lo que dan una importancia vital ante el cliente cuando es solo un mero formalismo, y entregar modelos de cláusulas de información genéricas y un documento de seguridad que en la mayoría de los casos se limitan a copiar el reglamento de medidas de seguridad, ya se pueden denominar consultores de protección de datos y ofrecerse como expertos.
No obstante, la realidad es bien distinta, ya que la documentación que se facilita requiere, en la mayoría de los casos, un detallado análisis previo, y además, ante posibles requerimientos e inspecciones de la Agencia de Protección de datos, se debe conocer en profundidad la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su Real Decreto de desarrollo, así como tener los conocimientos necesarios en Derecho Administrativo para poder dar una respuesta efectiva y evitar sanciones en materia de protección de datos.